Empresarios del trasporte colectivo resienten nuevas normativas de circulación aprobadas por la Asamblea

Entre las nuevas reglas impuestas destacan la implementación de sistema de GPS, uso de sistema de recaudo electrónico para permitir a los usuarios a pagar por aplicación o transacción electrónicas
Empresarios del trasporte colectivo resienten nuevas normativas de circulación aprobadas por la Asamblea

 

Transportistas Salvadoreños preven posible paró de buses debido a las nuevas normativa de circulación de la Asamblea Legislativa las cuales aprobaron el pasado 22 de diciembre para la Ley transitoria para la estabilización de las tarifas del servicio de transporte público de pasajeros tipo colectivo y masivo

Las normativas a seguir son obligación para obtener el subsidio por lo que los  empresarios del trasporte colectivo debían cumplirlas si aspiran a recibir el bono.

Entre las nuevas reglas impuestas destacan la implementación de sistema de GPS, uso de sistema de recaudo electrónico para permitir a los usuarios a pagar por aplicación o transacción electrónicas, las anteriores seran bajo los requerimientos del VMT

  1. El resto de intes de la lista son: 
  2. -Solvencia de multas.
  3. -Conductores autorizados.
  4. -Cobro de tarifa autorizada.
  5. -Cumplimiento del plan general operativo (respetar recorridos, horarios, paradas, frecuencia, tarifas, número de viajes, origen y destino).
  6. -Servicio al usuario.
  7. -Protección y seguridad de los usuarios vulnerables.
  8. -Permitir la supervisión y control de la Dirección General de Transporte Terrestre e Inspectoría General de Transporte.
  9. -Cumplimiento de protocolos sanitarios y bioseguridad.
  10. -Uso de terminales y puntos de meta.
  11. -Continuidad y regularidad.
  12. -Aviso de suspensión (notificar cuando haya suspensiones de servicio por causa justificable).
  13. -Caja única (bajo los requerimientos técnicos y programaciones del VMT).
  14. -Estar en el Registro de Concesionarios o Permisionarios.
  15. -Permisos vigentes.
  16. -Respetar antigüedad permitida. Actualmente, es un máximo de 20 años para buses y microbuses según la Ley de Transporte.
  17. -Brindar el servicio como mínimo 21 días en un mes calendario.

William Cáceres, transportista de Fecoatrans, alerto que “Lo peligroso es que si te lo exigen para el pago de la compensación, aquí nadie lo va a cumplir y se va a quedar sin transporte el país” sin embargo la normativa aun no ha sido publicada en el Diario Oficial.

Empresarios del trasporte colectivo resienten nuevas normativas de circulación aprobadas por la Asamblea