Diputados cuentan con un año para avalar, cambio de nombre en personas trans, ordenado por la Sala de lo Constitucional

La Sala de lo Constitucional de la CSJ a establecido el periodo de un año para que los diputados emitan la reforma así mismo ordeno que se consideren los elementos de seguridad jurídica.
Diputados cuentan con un año para avalar, cambio de nombre en personas trans, ordenado por la Sala de lo Constitucional

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordeno a la Asamblea Legislativa que realice una reforma que permita que las personas Trans pueden cambiar su nombre para que se asemeje a su identidad de genero.

La temática representa una historia de lucha en la comunidad de LGBTIQ+ del país; durante años de descriminación, hasta tal punto de negarle derechos constitucionales como el sufragio por no coincidir su apariencia con el nombre en el documento al momento de presentarse a las urnas electorales.

La Organización Comunicando y Capacitando Trans (Comcavis Trans), publico en redes sociales la resolución emitida por la Sala en la que se declaro inconstitucional el inciso dos del articulo 23 de la Ley del Nombre de la Persona natural, en el que se detallan las causas validas para el cambio de nombre.

Los magistrados dieron a conocer según su criterio el mencionado articulo no regula los supuestos y condiciones que pueden llevar a una persona a tomar la decisión de modificar su nombre teniendo en cuenta como razón su identidad de genero, lo que se traduce como un "un trato discriminatorio no justificado"

La Sala de lo Constitucional de la CSJ a establecido el periodo de un año para que los diputados emitan la reforma así mismo ordeno que se consideren los elementos de seguridad jurídica.

Diputados cuentan con un año para avalar, cambio de nombre en personas trans, ordenado por la Sala de lo Constitucional