Corte Suprema de Panamá rechaza el matrimonio igualitario

Corte Suprema de Panamá rechaza el matrimonio igualitario

La Corte Suprema de Panamá rechazó reconocer el matrimonio igualitario, al considerar que no es un derecho humano reconocido por la Constitución de la nación.

El fallo se aprobó el pasado 16 de febrero por seis de los nueve magistrados de la Corte, y se divulgó el pasado miércoles.

“Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental”, argumentó la Corte.

El Poder Judicial señaló que no son inconstitucionales varios artículos del Código de la Familia que algunas parejas buscaban impugnar.

“Esas normas están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad”, indicó la Corte.

Cabe resaltar que desde 2016 la Corte Suprema no se pronunciaba sobre varios recursos de inconstitucionalidad contra el Código de la Familia panameño, el cual sólo reconoce los matrimonios entre un hombre y una mujer.

Los recursos ante el máximo tribunal fueron presentados por varias parejas panameñas del mismo sexo que buscaban que sus matrimonios, celebrados en otros países, fuesen reconocidos legalmente en el país.

No obstante, la Corte indicó que “por más cambios que se sucedan en la realidad”, por ahora el matrimonio igualitario “carece de un reconocimiento convencional y constitucional” en Panamá.

Corte Suprema de Panamá rechaza el matrimonio igualitario