CSJ declara constitucional ley especial de emergencia y reapertura económica en el país

«La normativa vetada no viola el principio de colaboración interorgánica en los términos expuestos por el veto, porque la opinión del Ministerio de Salud sí es tomada en cuenta para la ejecución y aplicación de tal decreto»
CSJ declara constitucional ley especial de emergencia y reapertura económica en el país

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió este miércoles la controversia entre el presidente de la República, Nayib Bukele, y la Asamblea Legislativa, por la supuesta inconstitucionalidad de los artículos 16 y 17 del decreto legislativo 661.

La normativa ratificada por Congreso contiene la “Ley especial de emergencia por la pandemia covid-19, atención integral de la vida, la salud y reapertura de la economía”, donde los artículos 16 y 17 conforman las fases de reapertura gradual de la economía. La pieza fue vetada por el jefe de Gobierno.

Sin embargo, los magistrados del máximo tribunal declararon que «no existe la inconstitucionalidad alegada» y notificaron al presidente de la república su sanción y publicación en el Diario Oficial.

«La normativa vetada no invade las competencias del Órgano Ejecutivo, puesto que la limitación de los derechos fundamentales forma parte de las competencias del Órgano Legislativo, a la vez que dicha normativa es parte de las obligaciones positivas que genera el derecho a la salud, máxime cuando implica la protección de las personas en condición de vulnerabilidad», se lee en la resolución a la controversia 8-2020 publicada este miércoles.

Bukele justificó que la inconstitucionalidad en los artículos 16 y 17 de la mencionada ley violan los artículos 65, 66 y 86 inc. 1° de la Constitución, ya que invaden las competencias del Ministerio de Salud (MINSAL), que forma parte del Órgano Ejecutivo, debido a que prevén la reapertura económica sin tomar en cuenta los criterios técnicos y potestades de dicho ente.

No obstante, la Sala de lo Constitucional indicó: «La normativa vetada no viola el principio de colaboración interorgánica en los términos expuestos por el veto, porque la opinión del Ministerio de Salud sí es tomada en cuenta para la ejecución y aplicación de tal decreto»

CSJ declara constitucional ley especial de emergencia y reapertura económica en el país