Consejo Superior del Trabajo pide prórroga de seis meses para aplicar ley de salas cunas

La ley entraría en vigencia inicialmente en junio de este año, pero tras una evaluación y análisis del sector laboral, empleador y gobierno que conforman el CST se acordó solicitar una prórroga hasta enero del 2021.
Consejo Superior del Trabajo pide prórroga de seis meses para aplicar ley de salas cunas

Los tres sectores que conforman el Consejo Superior del Trabajo (CST) solicitaron ayer a la Asamblea Legislativa una prórroga de seis meses para la entrada en vigencia de la ley de salas cunas, hasta enero de 2021.

La ley entraría en vigencia inicialmente en junio de este año, pero tras una evaluación y análisis del sector laboral, empleador y gobierno que conforman el CST se acordó solicitar una prórroga hasta enero del 2021.

Tras la presentación de la prórroga, los miembros de CST procedieron a firmar el documento junto a diputados de las fracciones de Gana, Arena y PDC, que decidieron recibir y apoyar dicha propuesta. Saraí Molina, representante del sector laboral en el Consejo, señaló que los principales motivos de solicitar esta prórroga se centran en la falta tanto de reglamentos de aplicación, como de un presupuesto.

Además, los voceros del CST indicaron que la infraestructura, junto con la capacitación y selección de profesionales capaces de atender estas cunas, imposibilitan la entrada en vigencia de la iniciativa para junio de este año. Dentro de los próximos seis meses solicitados se trabajará para conformar “mesas técnicas intensas, a fin de garantizar resolver todos los diagnóstico que tenemos en este momento”, indicó Rolando Castro, ministro de Trabajo.

En 2017, la Sala de lo Constitucional estableció el 31 de mayo de 2018 como límite para que la Asamblea Legislativa aprobara esta ley, los diputados procedieron a avalar la normativa y establecer enero del 2020 como el año en el que entraría en vigencia la normativa.

La ley está basada en el artículo 42 de la Constitución de la República de El Salvador, que establece en su segundo inciso que es obligación de los patronos de instalar y mantener salas cunas y lugares de custodia para los niños de los trabajadores.

Esta ley establece que una empresa o entidad pública con 100 o más empleados permanentes o temporales estará obligada a brindar este beneficio, que cubrirá a los niños de entre cero y tres años de edad. La legislación contempla tres opciones: instalar una sala cuna propia, asociarse con otra empresa para tener cunas comunes o contratar servicios independientes.

Aunque entidades como la empresa privada ya ejecutan medidas como el establecimiento de “guarderías sofisticadas que brindan un excelente servicio” como lo aseguró Luis Cardenal, presidente de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), se tiene en cuenta que no se han establecido salas cunas aún.

 

 

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