Asamblea aprueba decreto que prohíbe aglomeraciones masivas que no cumplan con medidas de bioseguridad

Todas las personas que convoquen, promuevan u organicen concentraciones masivas de personas y no cumpla con las medidas de bioseguridad podrán ser sancionadas con entre 20 y 100 salarios mínimos urbanos del sector comercio y servicios.
Asamblea aprueba decreto que prohíbe aglomeraciones masivas que no cumplan con medidas de bioseguridad

Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron ayer el nuevo decreto de “disposiciones especiales y transitorias de suspensión de concentraciones y eventos públicos”, que prohibe concentraciones masivas que no cumplan con las debidas medidas de seguridad.

Antes de la aprobación del decreto, en el pleno legislativo hubieron posiciones contrarias entre los diputados, unos criticaban que se trataba de un “decreto disfrazado” mientras que otros aprobaron la medida argumentando motivos sanitarios por la pandemia del COVID-19.

Pese a las prohibiciones, el Art. 2 del decreto permite eventos siempre que estos sean avalados por el Ministerio de Salud, pero no cumplir con las medidas, el mismo en el Art. 4 da facultad a la Fiscalía General  de la República para que procese de oficio a quienes no cumplan con las disposiciones.

Todas las personas que convoquen, promuevan u organicen concentraciones masivas de personas y no cumpla con las medidas de bioseguridad podrán ser sancionadas con entre 20 y 100 salarios mínimos urbanos del sector comercio y servicios. También podrán ser procesados por el delito de desobediencia, que en el Código Penal establece una condena de entre 1 y 3 años de cárcel.

El decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial y tendrá validez hasta el próximo 8 de diciembre de 2021.

Asamblea aprueba decreto que prohíbe aglomeraciones masivas que no cumplan con medidas de bioseguridad